Entre los días 6 y 13 de junio de 1977, durante el terrorismo de estado, grupos de tareas secuestraron y trasladaron a la Base Aérea de Mar del Plata a los abogados Norberto Centeno, Salvador Manuel Arestín, Raúl Hugo Alais, Camilo Ricci, Carlos Bozzi, Tomás Fresneda, junto a su esposa María de las Mercedes Argañaraz de Fresneda -embarazada de cuatro meses. El mismo destino tuvieron los abogados Néstor Enrique García Mantica y su esposa María Esther Vázquez de García, José Verde y su esposa Ana María de la Arena y Jorge Candeloro y su esposa Martha García. Sólo ella, Ricci, Bozzi, Verde y su esposa sobrevivieron.
La Asociación Judicial Bonaerense de Mar del Plata, en el marco de la conmemoración de estos repudiables hechos, promovió un acto en homenaje a los abogados desaparecidos, para lo cual solicitó autorización al presidente de la Cámara Penal, Raúl Paolini, para realizar una asamblea en el hall del edificio de tribunales y colocar una placa en su memoria.
En pocas líneas, el presidente de la Cámara dispuso: “… autorízase la colocación de la misma con anterioridad al día 7 de julio del corriente año y sólo el descubrimiento de la misma en una breve y sencilla ceremonia a efectuarse en el día, haciendo saber al peticionante que cualquier otro acto o asamblea que desee llevar a cabo lo deberá realizar en otro ámbito ajeno a este Poder Judicial”.
Lo resuelto y expresado por la presidencia de la Cámara Penal denota una preocupante subestimación de la trascendencia institucional del homenaje a las víctimas del terrorismo de estado, y un notorio apartamiento de las acciones que tienden a consolidar la memoria, la verdad y la justicia.
El homenaje a los abogados desaparecidos debería ser una acción reparatoria asumida por el propio Poder Judicial, como un modo de reconocer la valiente actitud que algunos abogados tuvieron en los tiempos más duros de nuestra historia, en contraste con la complicidad manifiesta de muchos magistrados. La dictadura contó con jueces amanuenses y silenciosos que legitimaron la aplicación del plan de extermino.
Hoy, a 30 años de democracia, se debería contar con jueces que protejan a los débiles y perseguidos, para que las garantías legales no sean mera declamación sino que incidan en las vidas de las personas.
Cabe preguntarse -como preocupación actual- a qué Justicia abreva la resolución del Juez Paolini, cuando a partir de una mera facultad administrativa de superintendencia de un edificio, pretende regular mediante “permisos y prohibiciones”, el natural ejercicio pleno de derechos constitucionales como lo son el de reunión y expresión para rescatar la memoria de las víctimas del horror extremo practicado por el estado terrorista.