Impuesto a las ganancias

Por el fin del saqueo

La Comisión Directiva Provincial de la AJB informó que está avanzando en la elaboración de una acción judicial para evitar la aplicación del impuesto a las ganancias sobre el salario de los trabajadores judiciales.

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Como se informara en el Congreso Provincial del gremio en diciembre de 2014, la conducción provincial de la AJB viene trabajando junto a un equipo de abogados especialistas para lograr una sentencia judicial que ponga fin a las retenciones del impuesto sobre los salarios de los trabajadores judiciales activos y los haberes previsionales de los pasivos.

La Asociación Judicial Bonaerense resolvió, a través de su Congreso Provincial, luchar en todos los terrenos por la eliminación del impuesto a las ganancias sobre el salario, a partir de la premisa de que el salario de los trabajadores no constituye una ganancia. De ahí que la AJB haya adherido a todas las medidas de fuerza de carácter nacional convocadas por la eliminación del impuesto, acciones que forzaron en 2012, 2013 y 2015 a que el gobierno nacional dictara diferentes normas que atenuaron el impacto del impuesto.

Según datos del mes de marzo de 2015, casi 2400 empleados y funcionarios judiciales se encontraban afectados por el impuesto a las ganancias, mientras que miles de judiciales jubilados padecen mes a mes el descuento de una parte importante de sus haberes.

Como es ya conocido, el impacto del impuesto se agrava en el caso de los pasivos por la no aplicación a ese sector de la Resolución de la Suprema Corte 4385/00, que excluye de la base imponible del impuesto algunos componentes del salario de los activos (Bonificación Especial, Compensación Funcional, Bloqueo de Título, y la Antigüedad y Permanencia proporcionales a los anteriores).

La AJB sigue con suma atención la evolución de la jurisprudencia reciente respecto de la inconstitucionalidad del descuento de ganancias a trabajadores activos y jubilados, tanto de juzgados y cámaras federales de distintos puntos del país, como de la propia Corte Suprema de la Nación.

En un fallo de diciembre de 2013, la CSJN revocó una sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes que había hecho lugar a la demanda de un trabajador jubilado que reclamó la inconstitucionalidad de la ley 20.628 en cuanto alcanza con el impuesto a las ganancias a sus haberes jubilatorios (causa “Dejeanne c/ AFIP s/ Amparo”, sentencia del 10/12/13).

En esa sentencia, el máximo Tribunal ratificó la constitucionalidad de las retenciones del impuesto sobre los haberes jubilatorios, en tanto el demandante no acreditó el perjuicio concreto que le produjo el actuar estatal ni que el gravamen sobre sus haberes haya adquirido ribetes confiscatorios.

A partir de ese precedente, y sin perjuicio de disentir con la solución y sus  fundamentos, el equipo de trabajo de la AJB viene recopilando y analizando los recibos de sueldo de cientos de judiciales activos y jubilados a los fines de acreditar en la futura demanda el impacto efectivo que tiene el impuesto sobre salarios y haberes jubilatorios.

En medio de este proceso, la Resolución General 3770 de la AFIP estableció nuevos valores de las deducciones, modificando levemente el impacto del impuesto sobre un sector de trabajadores afectados por el tributo. Esta modificación, dispuesta el pasado 6 de mayo y con aplicación retroactiva al 1 de enero de 2015, obligó a los abogados de la AJB a modificar el plan de trabajo, debiendo incorporar al análisis los descuentos realizados con el nuevo esquema de deducciones.

Más allá de la complejidad de la tarea, el gremio judicial continuará avanzando en la elaboración de la demanda colectiva con la mira puesta en contribuir con todas las herramientas a su alcance a la lucha llevada adelante por los trabajadores de todo el país por la eliminación del impuesto al salario.

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