IMPUESTO AL SALARIO

Convocatoria por el cese de los descuentos por ganancias

A fin de extender el alcance del fallo de la Cámara Federal de La Plata en el amparo por ganancias, las y los jubilados y pensionados que no hayan otorgado el poder deberán hacerlo antes del 30 de noviembre.

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Una vez que quede firme el fallo del tribunal de alzada del pasado 23 de agosto, el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) sólo podrá computar el rubro “sueldo básico” para la retención del impuesto a las ganancias de las y los jubilados o pensionados del Poder Judicial representados por la AJB. De esta manera, cientos de compañeros y compañeras dejarán de recibir descuentos en concepto de impuesto a las ganancias.

Atento que esa sentencia tendrá efectos exclusivamente respecto de aquellas y aquellos jubilados o pensionados que otorgaron mandato a la AJB, quienes por diferentes motivos no lo hayan realizado en su oportunidad deberán presentar el mandato de representación que se adjunta a esta nota antes del 30 de noviembre, en la sede de su departamental o en la sede provincial del gremio. Al mismo deberán acompañar fotocopia del DNI y de los recibos de sueldo de los últimos doce meses.

Cabe resaltar que la Fiscalía de Estado interpuso el recurso extraordinario federal, que fue concedido por la Sala II de la Cámara Federal el pasado 10 de octubre. Como consecuencia de ello, los efectos del fallo quedan suspendidos hasta tanto la Corte Suprema de la Nación dicte sentencia expidiéndose sobre el recurso interpuesto.

Adjuntamos el listado de las y los afiliados que han presentado el poder y que están incluidos en la demanda original, para su consulta.

 

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