Esa consigna tiene una dimensión estructural-funcional y otra sustancial. Es decir: abarca aspectos que tienen que ver con la estructura y funcionamiento del conjunto del sistema judicial y sus relaciones con los otros poderes y actores sociales y políticos de la sociedad argentina, y aspectos que tienen que ver con los contenidos tanto de los sujetos que lo integran cuanto de los procesos que se sustancian en su interior.
En relación a la estructura y funcionamiento es necesario:
• garantizar una efectiva independencia de la justicia de los poderes políticos, de los partidos políticos y, también, especialmente, de los lobbies y corporaciones que representan el poder económico;
• incrementar sustancialmente todos los mecanismos de participación popular, tanto en los procesos de selección y remoción de los jueces como en las decisiones que se adoptan. A nadie escapa que la Justicia cumple un papel fundamental en la determinación de la verdad dentro de una sociedad; esa verdad no es una competencia sólo de eruditos en derecho y jurisprudencia sino que se vincula con perspectivas de clase y de intereses de muy diversa índole: la participación popular en la determinación de la verdad (veredictos) y sentencias es entonces una cuestión esencial para la democratización, en tanto democracia implica gobierno y Justicia del pueblo;
• integrar los consejos de la magistratura con participación popular y de los trabajadores, los juicios por jurados, y todos aquellos mecanismos que impliquen garantizar la participación del pueblo en la elección y remoción de los magistrados como el directo involucramiento de los vecinos y ciudadanos en los procedimientos, excluyendo definitivamente trenzas corporativas y contubernios políticos;
• impulsar una profunda reforma judicial que establezca un modelo de Justicia sobre la base de la decisión soberana de los ciudadanos y en contraposición con los dictámenes del Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo y otros organismos financieros, responsables de las modificaciones neoliberales de los decenios recientes. Para ello es imprescindible impulsar encuentros, debates públicos en las legislaturas provinciales o en otros ámbitos, como las Facultades de Derecho, donde la ciudadanía tenga voz en relación con la reforma;
• asegurar la transparencia de los procesos judiciales, otorgando a los mismos la mayor publicidad posible, no sólo con respecto a las sentencias sino también en cuanto a los procesos de formación de la decisión judicial;
• establecer un sistema de control de desempeño de los magistrados. teniendo en cuenta para su evaluación, entre otras consideraciones, el cumplimiento de los procedimientos y el respeto a los derechos laborales de los trabajadores y los derechos humanos.
• asegurar el derecho a la negociación colectiva y las convenciones paritarias entre los trabajadores judiciales y las patronales, como forma de democratizar las relaciones laborales en el interior del Poder Judicial.
• garantizar el efectivo acceso a la Justicia por parte de todos los ciudadanos y habitantes del territorio de la Nación; en este sentido, la total gratuidad del procedimiento, la proximidad de los tribunales de todos los ciudadanos, el asesoramiento gratuito, son algunas de las garantías de una Justicia democrática.
Por otra parte, la cuestión de la democratización se vincula, en lo sustancial, con los contenidos que determinan los procedimientos. Esos contenidos, sin duda, tienen que ver con la composición subjetiva de la magistratura. Por lo tanto, es necesario
• efectuar un arduo trabajo en relación con la formación y selección de los magistrados y trabajadores judiciales en general sobre la base de principios democráticos. Por ejemplo, los contenidos en la formación de los jueces, los programas de estudio de las facultades de derecho, los criterios académicos y profesionales en la valorización del currículum de los futuros magistrados (introduciendo, por ejemplo, exclusiones respecto de quienes hayan defendido intereses económicos multinacionales o extranjeros y destacando aquellos que hayan estado en la defensa de los derechos de los trabajadores y los derechos humanos).
No puede olvidarse que, un año después de restablecido el sistema constitucional, la Asociación de Abogados de Buenos Aires denunciaba que el 93 por ciento de los jueces seguían siendo los mismos que durante la época del terrorismo de Estado, cuando el Poder Judicial formó parte de los mecanismos que garantizaron la impunidad del genocidio. Eso poco cambió por impulso democrático. La decantación de esos jueces se produjo, hasta el momento, parcialmente por el transcurso del tiempo, por jubilaciones y retiros voluntarios. Unos pocos casos se conocen de jueces que, a raíz de procesos judiciales, fueron desplazados de sus funciones.
Estas necesidades, entre otras, han sido sostenidas por la Federación Judicial Argentina, por sus dirigentes y por miles de judiciales que durante estos últimos 30 años de democracia formal han luchado para garantizar una Justicia para todos.
Es por ello que saludamos el debate que se ha instalado en la sociedad sobre la democratización del Poder Judicial. Lamentamos que se haya centrado en la obligación de los jueces a pagar impuesto a las ganancias. En tal sentido, cumplir con una carga que involucra a casi dos millones de trabajadores y sobre lo cual esta Federación Judicial tiene posición tomada, no es sinónimo de democratización. La democracia requiere mucho más.
Carlos Ordóñez – Secretario General FJA Víctor Medibil – Co-Secretario General FJA