El jueves pasado el Colegio de Abogados de Mar del Plata exhortó a través de un comunicado a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de ese Departamento Judicial a cumplir con las normativas y protocolos vigentes en el contexto de emergencia sanitaria dispuesto por la pandemia COVID-19, en pos de “evitar la paralización de los procesos”.
En ese mismo comunicado, también se hace mención a que solicitarán la nómina del personal afectado al teletrabajo, grupos y turnos de trabajo. “Además de que el Colegio se arroga facultades que no le corresponden, entendemos que esa declaración tiene como claro objetivo amedrentar a las y los trabajadores”, afirmaron desde la AJB.
“Exigimos a dicha institución que rectifique sus dichos y respete la labor de las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones, como así también reclamamos a la Secretaría de Personal de la Corte que rechace el pedido de información ya que las modalidades de organización del trabajo en el marco de las medidas de prevención dictadas contra el COVID-19 son materia de discusión entre el empleador y la organización sindical de las y los trabajadoras, sin participación de terceros”, agregaron.
El intento del Colegio de Abogados de Mar del Plata -al igual que el de otros colegios de la provincia-, de responsabilizar a las y los trabajadores por las falencias estructurales que afectan al Poder Judicial no es algo novedoso. En una actitud similar, en 2018 comunicó a las y los colegiados que solicitaría a la Suprema Corte la nómina de las y los funcionarios bajo licencia por enfermedad por un período superior a treinta días en el transcurso de ese año.
La dirección del Colegio de Abogados no sólo desconoce las resoluciones emanadas de las autoridades nacionales, provinciales y de la Suprema Corte para prevenir contagios en el ámbito del Poder Judicial, sino que además omite deliberadamente mencionar las diferentes normas que se han dictado para garantizar la notificación de resoluciones urgentes, permitiendo la continuidad de los procesos sin exponer irrazonablemente la salud de las y los trabajadores y la comunidad en su conjunto.
Con el objetivo de priorizar el cuidado de la salud de quienes trabajan en las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones, el pasado 4 de mayo la AJB realizó una presentación al Presidente de la Suprema Corte requiriendo la habilitación de las notificaciones por vía electrónica de todas las resoluciones que tenga como destino a las unidades penitenciarias. Luego de varios reclamos, finalmente el máximo Tribunal dictó la Resolución 1176/20, por la que a partir del 2 de noviembre todas las notificaciones que se realizan desde un órgano jurisdiccional hacia el Servicio Penitenciario bonaerense y las presentaciones que éstos deban dirigir a dichos órganos, deben llevarse a cabo por medios telemáticos a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.
Así también, la creación del “Registro de domicilios electrónicos del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires” con el objetivo de facilitar la prosecución de las causas, es otro claro ejemplo de lo falaz de la afirmación del Colegio de Abogados en cuanto a la “paralización de los procesos”.