Ante la grave situación creada por el conflicto entre distintos prestadores y el IOMA, la Dirección de Servicios Sociales de la AJB recomienda a sus afiliadxs que no realicen pagos adicionales, limitándose a abonar el valor correspondiente a cada bono ($330 por el bono C, $250 por el bono B y $200 por el bono A).
Asimismo, lxs afiliadxs al IOMA deberán exigir un comprobante fiscal a los fines de poder tramitar el reintegro correspondiente, atento que los profesionales tienen la obligación legal de entregar al paciente ese instrumento.
En este mismo sentido, se informa que el reintegro se realizará a lxs afiliadxs al Coseguro de la AJB con la misma modalidad que se viene aplicando, es decir, el proporcional correspondiente al valor del bono B.
“Sostenemos que lxs profesionales no pueden exigir el pago correspondiente a un paciente ‘particular’ (sin obra social), ya que esto significaría un castigo directo al paciente, como si fuéramos los responsables del conflicto”, destacó Oreste Poggi, Director de Servicios Sociales de la AJB. “En realidad deberían tener en cuenta que los valores acordados fueron firmados por las organizaciones representativas de lxs profesionales, sin perjuicio de recordar la gran cantidad de cobros indebidos que también reciben”, agregó.
La Dirección de Servicios Sociales del gremio realizará el seguimiento de todos los pedidos de reintegros que se tramiten y de las denuncias por cobros indebidos u otras circunstancias generadas por este conflicto, para lo cual es necesario comunicar el número de trámite, nombre, apellido y legajo del/la compañero/a.
Cabe recordar que el Consejo Consultivo del IOMA, que integran todos los gremios estatales y entre ellos la AJB, reafirmó nuevamente “el repudio a la actitud del IOMA de no cumplir con los pagos en tiempo y forma” (ver nota en: http://bit.ly/2FDdFaE).
¿Qué dice IOMA? ¿Cómo tramitar el reintegro?
En un reciente comunicado, la dirección del IOMA manifestó su postura ante la falta de atención de los médicos: “el IOMA garantizará a sus afiliados la cobertura de las consultas y prácticas médicas cobradas indebidamente por el corte de prestaciones”.
Además, desde el IOMA se aclaró que para tramitar la solicitud, “los beneficiarios deberán dirigirse a la delegación que les corresponda con la documentación básica (fotocopia del DNI, de la credencial y del último recibo de sueldo o de pago en caso de voluntarios), la nota de solicitud de reintegro -en este caso aludiendo al corte de servicios-, factura original o recibo profesional equivalente (B o C) que cumpla con los requisitos exigidos por las normas de facturación de la AFIP (la fecha debe coincidir con la del corte de servicios), y el ticket emitido por el cajero automático, donde conste el número de cuenta y y el número de CBU.