
Esta sentencia, cabe aclarar, fue decidida por mayoría, expresándose también por parte de uno de los magistrados del alto tribunal en minoría, el pedido de imponer sanción expulsiva.
❗La denuncia fue presentada ante la Subsecretaría de Control Disciplinario de la Suprema Corte, luego de un extenso trabajo colectivo llevado adelante junto a las y los trabajadores del juzgado.
En ella se detallaron múltiples situaciones de violencia laboral y de género ejercidas de manera sistemática y cotidiana durante los últimos años, que afectaron a casi la totalidad del personal, tales como: «realizar usualmente golpes de puño sobre los escritorios, arrojando violentamente expedientes al suelo al devolverlos para exhibir su malestar sobre determinada tarea realizada por algún agente…” o «reaccionaba con violencia al corregir una tarea que consideraba errónea o que al consultársele por alguna cuestión, tenía por costumbre gritar, golpear la mesa con el puño cerrado o utilizar expresiones groseras en el trato cotidiano y que en particular, esa inconducta estaba dirigida a empleadas y funcionarias…”, «generándose un ambiente laboral de tensión y de miedo que derivó en muchos casos en la atención médica y psicológica de las afectadas…», concluyendo que «el secretario sumariado, valiéndose de su posición jerárquica, incurrió en conductas que configuran violencia laboral y de género, vulnerando el derecho de toda persona a trabajar libre de acoso y de violencia… «.
Así los elementos probatorios reunidos dan cuenta que el proceder de Woronko superó los parámetros que pueden considerarse tolerables en las relaciones humanas, dejando en evidencia un trato grosero, ofensivo y humillante, en especial hacia determinadas personas, siendo principalmente las mujeres las destinatarias del maltrato y de las expresiones agraviantes.
👉🏻 La inmensa mayoría de los hechos fueron constatados a través de una intervención interdisciplinaria realizada por la Delegación de Sanidad de Lomas de Zamora. Las situaciones denunciadas revisten una gravedad institucional significativa y se enmarcan en las leyes 13.168 y 26.485, que abordan la prevención de la violencia laboral y la protección integral contra la violencia de género, respectivamente.
Durante 2021, tras la presentación de pruebas documentales y testimoniales, la Suprema Corte resolvió aplicar una primera medida: el traslado de Woronko al Juzgado de Familia N°1 del mismo Departamento Judicial. Y actualmente, con la resolución del proceso disciplinario, se ha impuesto la sanción máxima de 30 días de suspensión.
✔️ Desde la AJB valoramos profundamente el accionar colectivo que permitió impulsar y sostener este proceso, a pesar de las múltiples dificultades que implican estas denuncias dentro del ámbito judicial. Dejando en claro que más allá de los agravios sufridos por las y los trabajadores y entendiendo que podrían reclamar además vía civil los daños ocasionados, las víctimas lejos de pretender con esto una maniobra o espíritu de venganza, entienden que la Corte ha aplicado una sanción y en ese sentido se tienen por reparadas.
Reafirmamos nuestro compromiso en la lucha por la erradicación de toda forma de violencia laboral y de género dentro del Poder Judicial y en todos los ámbitos de trabajo.









