Requisitos para acceder al Coseguro médico
- Las y los activos, jubilados o pensionados del Poder Judicial.
- Mantener la condición de afiliado o afiliada al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA).
- Autorizar el descuento en los haberes. Este aporte figurará en el recibo de sueldo con el código 154 ó 154-1 para el personal en actividad y con el código 58 para las y los jubilados y pensionados.
- El o la afiliada podrá utilizar los servicios del Coseguro a partir del tercer mes de descuento en sus haberes, salvo quienes presenten su afiliación dentro de los 60 días del ingreso al Poder Judicial o quienes hayan renunciado a otra obra social y presenten su afiliación a ésta.
Incorporación de familiares
- Podrán incorporar familiares a cargo quienes acrediten su vínculo con el IOMA. La relación familiar se reconoce en los siguientes casos: Cónyuge; descendientes; hijos adoptivos; menores tutelados; incapacitados físicos; concubino.
- En los casos de adopciones, menores tutelados, incapacitados y concubinos, deberá aportarse la documentación correspondiente. Las y los hijos mayores de 21 años podrán seguir gozando de los servicios en el caso de ser reconocidos en IOMA como estudiantes, debiendo presentar a los Servicios Sociales la fotocopia del nuevo carnet del IOMA.
- En el caso de incorporación de familiares a cargo que tengan distinto número de afiliación al IOMA que el o la titular, se deberá abonar un aporte adicional por cada uno. Es por eso que sugerimos que haga el trámite ante la obra social para que queden con el mismo número que el o la titular.
- Este aporte figurará en el recibo de sueldo con el código 175 para el personal en actividad y con el código 56 para las y los jubilados y pensionados.