CORONAVIRUS

Precarización laboral y pandemia

El fallecimiento de una trabajadora de maestranza tercerizada en el departamento judicial San Isidro expone en su real dimensión la vulnerabilidad en la que desempeñan sus tareas.

BeccarB

 

Fernanda Soledad Arenas, quien desempeñaba sus tareas en el Juzgado de Familia de Beccar como empleada de una empresa tercerizada de limpieza, falleció por COVID-19 el pasado 31 de agosto.

Desde el inicio de la pandemia, la AJB viene denunciando la falta de medidas de prevención adecuadas y la precariedad con la que trabaja el personal que realiza tareas de limpieza, y especialmente quienes están contratados por las empresas a través de las cuales la Suprema Corte y la Procuración General tercerizan ese servicio, que en la mayoría de los casos nadie se ocupa de controlar.

La falta de elementos de limpieza o la provisión en cantidades insuficientes, como así también la carencia de elementos de protección personal adecuados o una capacitación insuficiente para realizar tareas delicadas en el contexto de pandemia, incrementan exponencialmente el riesgo de contagio de quienes constituyen el eslabón más débil del Poder Judicial.

“Lamentablemente la pandemia sólo puso de relieve una realidad que desde el sindicato venimos denunciando desde hace mucho tiempo: compañeros y compañeras que no sólo cobran sueldos sustancialmente inferiores a sus pares que poseen una relación de dependencia formal con el Poder Judicial, sino que además encuentran serias dificultades para obtener protección sindical, lo que provoca una grave vulneración de sus derechos laborales”, expresaron desde la AJB.

Cabe recordar que desde hace varios años la AJB viene sosteniendo dentro de los reclamos paritarios al Ejecutivo, la Suprema Corte y a la Procuración General la incorporación a la planta permanente del Poder Judicial de las y los compañeros que realizan tareas de limpieza bajo un régimen de servicio tercerizado.

Desde la AJB despedimos a Fernanda con un profundo pesar y seguimos exigiendo a las máximas autoridades del Poder Judicial que se garanticen las medidas de prevención y cuidado de las y los trabajadores que concurren a trabajar de manera presencial.

Compartir nota