Paritaria 2018

En contra de las y los trabajadores

El máximo Tribunal provincial resolvió conceder el recurso federal del Ejecutivo, por lo que será la Corte Suprema de la Nación quien resuelva sobre la efectividad de la medida cautelar.

Medida cautelar

 

La Suprema Corte -integrada con Eduardo De Lazzari y seis jueces del Tribunal de Casación Penal-, finalmente resolvió conceder el recurso extraordinario federal interpuesto por la Fiscalía de Estado. A partir de esta decisión, la Corte Suprema federal deberá resolver la suerte de la medida cautelar que ordenó al Ejecutivo retomar la negociación paritaria con la AJB y la actualización de los salarios por inflación hasta que se arribe a un nuevo acuerdo salarial.

Con la oposición de De Lazzari y Víctor Violini el Tribunal, luego de un mes de deliberaciones, dicta una resolución contraria a la que había resuelto el pasado 12 de septiembre, en oportunidad de analizar la procedencia del recurso de inaplicabilidad de ley. Al voto de los jueces de Casación Carlos Natiello, Fernando Mancini y Mario Kohan, se sumó el llamativo y repudiable viraje producido por Ricardo Maidana y Daniel Carral, que en la primera resolución habían conformado la mayoría por el rechazo del recurso. En esta oportunidad Maidana decidió cambiar su voto, mientras que Carral se escuda detrás de una licencia para no votar, luego de tener a disposición el expediente durante tres semanas.

La decisión de la Suprema Corte completa un proceso en el cual -salvo honrosas excepciones que resulta necesario reconocer-, el Poder Judicial garantiza impunidad a un Poder Ejecutivo que decidió mantenerse al margen de la ley, negando sistemáticamente el derecho constitucional a la negociación colectiva de los trabajadores y trabajadoras judiciales.

Esa impunidad no sólo es atribuible a los magistrados que tomaron esta última decisión, sino también a quienes fueron partícipes de una demora de cuatro meses en la resolución sobre la vigencia de la medida cautelar. Tal es el caso de los magistrados del Tribunal de Trabajo 3 de San Martín, que en su oportunidad como tribunal de feria concedió sin fundamentos el recurso de inaplicabilidad de ley; así como de lxs ministros de la Suprema Corte (Genoud, Kogan, Soria, Pettigiani y Negri), que luego de un mes de demorar el expediente se excusaron con argumentos falaces para no asumir el costo de un virtual enfrentamiento con el Poder Ejecutivo.

El resultado de la acción judicial impulsada por la AJB pone de manifiesto la falta de independencia del Poder Judicial provincial, cuya obligación inexcusable es imponer el cumplimiento del orden jurídico vigente a los otros poderes del Estado.

La subordinación a las necesidades del poder político marca un perfil de magistrados y magistradas más preocupados por mantener sus privilegios que por asumir la responsabilidad propia del Poder Judicial como último garante de los derechos fundamentales de la población.

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