En marcha

Géneros

IVE: ES LEY, QUE SE CUMPLA

La Justicia ordenó al Municipio de San Isidro que garantice el acceso al aborto dentro de los plazos legales y resguardando la intimidad de quienes lo soliciten

Géneros

IVE: ES LEY, QUE SE CUMPLA

La Justicia ordenó al Municipio de San Isidro que garantice el acceso al aborto dentro de los plazos legales y resguardando la intimidad de quienes lo soliciten.

María Gisele Rodríguez
Trabajadora judicial, AJB San Isidro

Luego de una medida cautelar presentada por Amnistía Internacional, el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N° 2 de San Isidro ordenó a la Intendencia de Ramón Lanús que se suspenda el protocolo que obstaculizaba el acceso al derecho de interrupción voluntaria del embarazo. 

Alertadas a partir de la cantidad de denuncias recibidas por el incumplimiento de la Ley 27.610 la Campaña por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito junto a Amnistía Internacional, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), y otras organizaciones realizaron en junio una conferencia de prensa en la sede de AJB San Isidro, para visibilizar que el Municipio de San Isidro aplicaba un protocolo que imponía un circuito especial para quienes solicitan la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo (IVE/ILE).

Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina alertaba en aquel momento sobre la situación que se vive en San Isidro: “Desde la asunción de las nuevas autoridades municipales hemos observado un agravamiento de las barreras para acceder al aborto legal”

Este protocolo municipal concentraba la atención para la realización de la práctica médica en el Hospital Materno Infantil, por lo que los Centros de Atención Primaria quedaban por fuera y de esta manera se limitaba el acceso a la salud. Además, se imponían prácticas que no están contempladas en la Ley sancionada en 2020, como una consulta psicológica, otra de servicio social, la ratificación de la decisión ya expresada, y modificaba la forma de contar el plazo legal de 10 días para que sea atendida la solicitud. Las organizaciones advertían que todo esto es riesgoso en relación con el manejo indebido de datos personales y la vulneración del secreto médico-paciente.

Las mujeres y personas gestantes que solicitaron interrupciones voluntarias relataron que se les entregaban escarpines, materiales religiosos y hasta «bebés de juguete». También denunciaron la existencia de un consultorio al que se denominó «maternidades vulnerables» donde se desinformaba sobre la práctica del aborto, se cuestionaba la decisión de las mujeres con la finalidad de persuadirlas y que cambien de opinión, generando miedo y culpa en quienes pretendían realizar el procedimiento. 

Además, como la Ley contempla sanciones a quienes dilaten, obstaculicen o se nieguen a practicar una interrupción legalmente autorizada, y el protocolo no fue debidamente publicado ni fundamentado, las y los profesionales de la salud que intervienen en los procedimientos de una interrupción voluntaria quedan en una situación de vulnerabilidad jurídica, ya que se les exigen requerimientos contrarios a los determinados por la norma. 

Justicia con perspectiva de género


En San Isidro se logró denunciar a tiempo y la resolución judicial revirtió la situación al ponerle un freno al protocolo aplicado en los centros de salud. La resolución indica que este concepto debe interpretarse de manera integral, contemplando sus dimensiones físicas, psíquicas y sociales, de acuerdo con el estándar establecido por la normativa vigente.
“La organización del sistema de salud no es jurídicamente neutra: cuando se diseña o se aplica de modo tal que retarda, fragmenta, descoordina u obstaculiza el acceso efectivo a prestaciones de salud sexual y reproductiva, puede comprometer la responsabilidad estatal y configurar una forma de violencia institucional u obstétrica”, sostuvo la Jueza María Paula Venere .

Al conocer la respuesta del amparo presentado, Belski señaló la importancia de esta medida y remarcó que esperan que se cumpla: “la organización administrativa de un sistema de salud nunca puede justificar el desconocimiento de derechos reconocidos por ley. Mucho menos cuando esas restricciones se imponen a través de un protocolo irregular, que incorpora exigencias incompatibles con la Ley 27.610 y el resto del marco normativo vigente. Ningún municipio puede pretender reescribir una ley nacional. Esperamos que San Isidro cumpla inmediatamente con lo ordenado por la Justicia y garantice el pleno cumplimiento de la legislación vigente”. 

Esta resolución sienta un importante precedente en la materia, instando a que se garantice el acceso al aborto dentro de los plazos legales y resguardando la intimidad de quienes lo solicitan. Analizar los hechos con una mirada más amplia, teniendo en cuenta las desigualdades y barreras a las que se enfrentan las mujeres y diversidades a la hora de acceder a este derecho, permite obtener resoluciones judiciales en las que se aplique la perspectiva de género como premisa principal.

Manuela Schuppisser, concejala de San Isidro por el Movimiento Derecho al Futuro declaró que el Intendente Ramón Lanús y el Secretario de Salud Pablo de la Torre pretendían incumplir la Ley y destacó la fuerza del trabajo colectivo en el campo para que este manejo impune no tenga continuidad: “La lucha y la organización de distintas compañeras nos demuestra que se puede torcer el brazo de los poderosos y que todavía hay cosas que, a pesar que el panorama parezca difícil, se pueden revertir. Nosotras seguiremos dando la pelea en el territorio, en la justicia, en los medios de comunicación, en el Hospital Materno para garantizar que las pibas y las mujeres de San Isidro puedan acceder a sus derechos”.

Datos que alertan


Los retrocesos en materia de derechos desde que asumió el gobierno de Javier Milei son múltiples. Desde la disolución del Ministerio de Mujeres y Diversidades el desmantelamiento de programas específicos para atender problemáticas vinculadas a género es sistemático, y en particular aquellas políticas de salud sexual y reproductiva. Sucedió con el Plan Nacional de Prevención del Embarazo no Intencional en la Adolescencia, con la aplicación de la Educación Sexual Integral en las escuelas y  con el Plan 1000 Días de la Ley 27.611, entre otras. El desfinanciamiento de políticas públicas llegó a tal punto que, sumado a la reducción de métodos anticonceptivos, anticonceptivos de emergencia y test de embarazo, directamente se limitó la adquisición de los insumos necesarios para la realización de interrupciones voluntarias de embarazos en centros públicos de salud.

La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) debería proteger el derecho al aborto legal, seguro y gratuito en centros de salud de la Argentina desde 2020. Debería; sin embargo desde 2024 se registran denuncias por falta de cumplimiento de esta norma que obstaculiza el acceso a este derecho en diferentes partes del país. 

Con este panorama, quienes garantizan el derecho son las profesionales de la salud, que afirman no tener recursos suficientes, una ausencia de apoyo institucional e incluso en muchos casos, mecanismos que apuntan a disuadir a quienes deciden abortar. 

Si ponemos el foco en la provincia de Buenos Aires, otro de los municipios que alertan a las organizaciones es San Miguel. Pablo de la Torre, actual Secretario de Salud de San Isidro fue secretario de Salud e Infancia en el partido de San Miguel desde 2015 hasta diciembre de 2023 donde implementó “El camino de la embarazada” y pretendía también aplicarlo en San Isidro. Los relatos de vecinas del partido de San Miguel describen que no se puede acceder al derecho al aborto en “ningún centro de salud público” y que deben ir al Hospital Materno Estela de Carlotto en Moreno. Además afirmaron que derivan a consultas psicológicas y se dilatan los  tiempos para practicarlo. En San Miguel el intendente es Jaime Méndez, quien declaró estar en contra del aborto. El año pasado, un fallo de la justicia condenó al municipio por haber incumplido con la Ley de interrupción del embarazo. 

En diciembre de este año se cumplen seis años de la sanción de la Ley, aquel hecho histórico que permitió avances indiscutidos en materia de salud pública y evidencia que el acceso a abortos en condiciones seguras mejora la vida y la salud de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Claro está que más allá de las posturas personales y éticas que el tema genera en la sociedad ninguna disposición interna debe colocarse por encima de la Ley y mucho menos convertirse en una barrera para quienes pretenden acceder a una prestación de salud que en ella se contempla.

Scroll al inicio