Carrera judicial y género
TECHO DE CRISTAL EN EL PODER JUDICIAL
A pesar de que la mayoría de la planta actual del Poder Judicial bonaerense está compuesta por mujeres, los cargos más altos siguen siendo tierra de varones. ¿Qué implica el techo de cristal en la Justicia?
Carrera judicial y género
TECHO DE CRISTAL EN EL PODER JUDICIAL
A pesar de que la mayoría de la planta actual del Poder Judicial bonaerense está compuesta por mujeres, los cargos más altos siguen siendo tierra de varones. ¿Qué implica el techo de cristal en la Justicia?
En abril de 2021 en un concurso para cubrir cargos de camaristas en Santa Cruz se le preguntó a uno de los aspirantes a juez sobre el concepto de “techo de cristal” y la respuesta fue: “Interpreto que se hace referencia a ese concepto, a lo que uno no podría ver salvo que estuviese en el mismo lugar que esta persona de quien estamos analizando una conducta». Se pueden construir otros sentidos y también podrían ser verosímiles, pero lo cierto es que esta metáfora se usa desde finales de los `70 para explicar el límite invisible, implícito y determinante que obstruye el ascenso de mujeres tanto en el ámbito laboral como en la política.
Casi medio siglo después ese techo es más pesado que el plomo, sigue dejando huellas en las mujeres y disidencias que intentan quebrar esas barreras para ocupar cargos jerárquicos o participar equitativamente en espacios de toma de decisión. Al “techo de cristal” o “piso pegajoso” que no permite despegar de cargos más bajos se los denomina “segregación vertical”. Cuando algunos roles o tareas en el mercado laboral se asocian a determinados estereotipos de género se conoce como “segregación horizontal”, son en este caso paredes de cristal. Así se explica en la publicación realizada por equipo el Observatorio de Salud y Seguridad en el Trabajo “Desigualdades entre mujeres y varones en el mercado laboral argentino”: “La segregación horizontal establece las ocupaciones y actividades que la sociedad considera adecuadas para las mujeres, los varones y las disidencias, lo que restringe las posibilidades de realización personal y profesional de cada persona. En cuanto a la segregación vertical se verifica la dificultad que tienen las mujeres para ocupar puestos de dirección o jefatura”.
Estas limitaciones se imponen tanto para ascensos como en la selección de personal. Sucede en sectores como salud, educación, ciencia y tecnología, en todos los escalafones de la política y también en el Poder Judicial, tanto a nivel nacional como provincial.
Para las trabajadoras del Poder Judicial bonaerense estas categorías son parte de su vida diaria y por eso conversamos con compañeras de diferentes territorios.
Natalia Devia, trabajadora judicial de San Martín explica que “El techo de cristal es esa estructura invisible, intraspasable, dura, impermeable, que mantiene a las mujeres por debajo de la posibilidad de acceder a cargos jerárquicos de poder. Específicamente en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, esto se traduce y se visibiliza en la vista de lo que es el mapa judicial, cuando vemos que el mayor porcentaje de personas que integran el Poder Judicial son mujeres y esa proporción se modifica cuando vemos exclusivamente los cargos jerárquicos principales, es decir, los de jueces, ministros de la Corte, defensores, fiscales y demás. Ahí no se traduce esta proporción”.
“Trabaja como un hombre”, esa fue la recomendación que le abrió una puerta a Marcela Juan en el Poder Judicial. Ahora está a cargo de la fiscalía temática en violencia por razones de género y delitos contra la integridad sexual del Departamento judicial de Lomas de Zamora. Llegar a un cargo que implica toma de decisiones para una mujer en el Poder Judicial sigue siendo una excepción.
“Del 2015 para acá, con “Ni una menos” como hito, tampoco hubo un cambio sustancial en los números de mujeres titulares o magistradas, sino por el contrario, se mantuvo la desigualdad de cargos jerárquicos y de toma de decisión”, confirma Marianela Gómez, trabajadora judicial, Secretaria de Prensa de la AJB departamental Quilmes.
Naomi Judith Nieva, trabajadora judicial, Secretaria de Géneros y Diversidad de la AJB departamental Morón, agrega que mucho tiene que ver con el androcentrismo, “el sesgo de género que prioriza las voces y perspectivas masculinas como únicas”.
El informe del CIyF-AJB sobre la División sexual del trabajo en el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires determina que en la actualidad el 57,2% de la planta de trabajadores y trabajadoras está conformado por mujeres y describe que esta mayoría se sostiene en el estamento de empleadas/os (56,7%) y del de funcionarios/as, (61,4%) y esta relación se invierte en los puestos de mayor jerarquía. Es decir, los puestos con mayor salario en su mayoría están a cargo de varones. El trabajo advierte que a medida que se avanza en la jerarquía se observa un predominio de varones dentro de grupos correspondientes a magistrados y magistradas.
Esta misma lógica se observa en el sistema judicial argentino donde, según los datos del Mapa de Género de la Justicia Argentina de 2024, a nivel nacional a pesar de ser el 57% de la planta, solo el 30% de las mujeres asumen cargos de autoridad máxima. Muy similar a lo que sucede a nivel provincial, también son mayoría de funcionarias y de personal administrativo (61% en ambos casos). “Dentro del Poder Judicial, en 2024, los funcionarios varones tuvieron casi el doble de chances que las mujeres funcionarias de convertirse en magistrados, procuradores, fiscales o defensores y 3,7 veces más posibilidades de convertirse en máximas autoridades que sus pares mujeres funcionarias en el sistema de justicia argentino”– resume el último informe del Mapa.
La segregación horizontal en el Poder Judicial se hace evidente. Los Fueros parecen tener también paredes de cristal. Natalia Devia afirma que “El análisis del techo de cristal en el Poder Judicial, también visibiliza la reproducción de estereotipos de género arraigados en esta estructura, el mayor porcentaje de mujeres titulares de dependencias lo son en aquellas en que se dirimen conflictos familiares o de cuidado”.
El informe de CIyF-AJB plantea que “Esta división y distribución del trabajo reproduce estereotipos que vinculan a mujeres con los cuidados y las familias y a los varones con la fuerza, el arreglo o la construcción de las cosas. Binomio: sensibilidad versus razón. Esta división es funcional a la organización del trabajo y también es parte de estrategias de disciplinamiento laboral y ocupa un lugar tanto a nivel de los sectores como de las tareas. En nombre de la fuerza y del valor se soportan peores condiciones de trabajo (falta de herramientas, edificios rotos), en nombre del cuidar se extienden jornadas de trabajo porque la no respuesta es vista como un abandono”.
Giselle Coccimiglio, trabajadora judicial de Mar del Plata, asegura que incluso cuando las mujeres logran llegar a cargos de toma de decisión “los lugares reservados son los Fueros de familia y menores, probablemente por la compulsión general de referenciarnos en lugares de cuidado, incluso en nuestro ámbito laboral. En un Poder Judicial con muchas mujeres ampliamente calificadas para cualquier cargo de decisión, nuestra presencia en los mismos brilla por su ausencia. Basta con ver las composiciones de los organismos de revisión de primera instancia. Desde las cámaras locales hasta la suprema corte los nombres de mujeres son casi inexistentes. Una jueza en la Suprema Corte, una en Casación penal, ninguna en la cámara de apelaciones y garantías penal de Mar del Plata , ninguna en la cámara civil y comercial”.
Esta observación se refleja en las estadísticas. “Dentro del grupo profesional donde una gran mayoría realiza tareas asociadas al cuidado (sanidad) y a problemáticas ligadas a la familia (equipos técnicos de juzgados de familia y de paz, asesorías periciales, cuerpos técnicos auxiliares del fuero de responsabilidad penal juvenil, etc.), el 72% son mujeres”– asegura el CIYF en el informe de abril 2025.
Mariela Gómez, trabajadora de Mar del Plata, nos invita a reflexionar sobre las implicancias que tiene que la Cámara Penal esté compuesta por jueces varones hace tanto tiempo. Desde su punto de vista “la sociedad pierde la posibilidad de contar con una mirada más amplia, más integral de los problemas sociales, y que podrían derivar en otras sentencias o en argumentos más nutridos. Los jueces y juezas no están sólo para imponer penas o absolver, están para reafirmar la Ley vigente con cada una de sus resoluciones. Y la mirada de mujeres preparadas y comprometidas con la realidad social en esos puestos de decisión, sin duda hace la diferencia”.
Desde Quilmes, las palabras de Marianela Gómez también hacen pensar en las formas del ejercicio del poder y su vinculación con las condiciones de trabajo. “También hay una correlación entre varones con un ejercicio de autoridad un poquito más agresivo que mujeres a cargo de dependencias. Creo que es funcional a que el Poder Judicial reproduzca y se siga sosteniendo en condiciones laborales de suma precariedad”.
Si para las mujeres el techo de cristal es clarísimo, nos preguntamos qué pasa con otras identidades de género. Naomi Judith Nieva de Morón nos suma su mirada: “Respecto a las diversidades, no es que no existan sino que se les exige de una manera u otra que para pertenecer al Poder Judicial es un requisito no expresar su identidad de género ni su orientación sexual. Hay que tener en cuenta que recientemente por la iniciativa de la Asociación Judicial Bonaerense se empezaron a incorporar compañeras travestis y trans en distintas departamentales por la Ley provincial Diana Sacayán”.
Algunos de los elementos que aparecen identificados por trabajadoras judiciales como determinantes a la hora de pensar los obstáculos a una carrera judicial en igualdad de condiciones son las tareas de cuidado que recaen mayoritariamente sobre mujeres, la dificultad de acceder a niveles académicos que se presentan como condición de los concursos y el entramado de decisiones políticas en la designación de los y las concursantes.
La doble jornada laboral del trabajo y el cuidado (cuando no triple, si una quiere desarrollar militancia sindical, territorial o social de forma activa) parece un laberinto con salidas bloqueadas. “El principal problema de la brecha salarial se sitúa en la cantidad de horas que trabajan varones y mujeres y en la distribución del tiempo dedicado a las tareas del hogar, las cuales recaen principalmente en las mujeres” remarca el documento “Desigualdades entre mujeres y varones en el mercado laboral argentino”.
En este sentido, Natalia Devia expone esta realidad: “Para romper el techo habría que empezar por construir herramientas que nos permitan a las mujeres concursar en pie de igualdad, sabemos que la formación académica requiere de tiempos indisponibles mayormente para las mujeres debido a la desigual distribución de las tareas de cuidados, por ejemplo, en la Acordada 2300 se impone el cuidado de los recién nacidos exclusivamente a la mujer, vedando toda posibilidad de una organización familiar diferente. Sabemos que la mayoría de las compañeras judiciales y en general las mujeres son quienes asumen el cuidado de familiares adultos enfermos”.
Estas afirmaciones sobre la desigual distribución de las tareas en la organización social del cuidado no son percepciones aisladas. Un informe de Ecofeminita sobre datos de la Encuesta Permanente de Hogares del tercer trimestre del 2024 sostiene que del total de personas que realizan tareas domésticas, un 69% son mujeres y un 31% son varones. Específicamente en la Provincia de Buenos Aires las personas que realizan tareas domésticas en el hogar son 68,1% mujeres.
Las tareas de cuidado son aquellas necesarias para el sostenimiento de la vida e incluye la limpieza, cuidado físico y emocional de niños/as y personas mayores, las compras y crianza, entre otras cosas. ¿Y cómo repercute en el trabajo? Julieta Malcangi, trabajadora judicial, Secretaria Adjunta de AJB La Matanza describe la primera barrera: la entrevista a aspirantes donde a pesar de que considera que cada vez sucede con menor frecuencia, aún se hace un interrogatorio a las mujeres en determinado rango etario “si tienen hijos, si tienen su exclusivo cuidado, si lo comparten, si no tienen hijos, si piensan tenerlos, qué pasa si tienen hijos y se enferma, si tiene alguna persona que lo pueda cuidar o va a tener que faltar al trabajo”.
Algunos mecanismos están tan internalizados que incluso afectan las decisiones de su planificación familiar. “He escuchado muchas compañeras que sí tenían el deseo de tener hijos pero que consideraban que no era el momento porque tenían mucho trabajo, porque había muchas vacantes en la dependencia en la que estaban y todavía no habían salido los nombramientos, entonces estaban sobrecargadas, etc. Y si una lo analiza es ridículo relacionar o supeditar una decisión que es exclusivamente personal y del ámbito privado de cada una al colapso que pueda tener el fuero o la dependencia en la que uno pertenece” – relata Malcangi.
La carrera judicial es un derecho. La decisión de desarrollarse profesionalmente puede tener muchas motivaciones, tanto personales como sociales y culturales. Pero también razones económicas. El informe “La cocina de los cuidados” en la que participa el Centro de Estudios Legales y Sociales entre otras organizaciones, afirma que “la brecha de ingresos de ocupación principal entre varones y mujeres es hoy la más alta de los últimos 6 años. Pasó del 21 al 26,3% en un año”.
Si se logra pasar el filtro de la carga horaria de cuidado, si se tuvo la oportunidad de desarrollar una carrera académica y una experiencia profesional concreta, entonces aparece otra restricción: los procesos de selección de los cargos superiores. Marianela Gómez de Quilmes asegura que “sigue funcionando la meritocracia a dedo, por afinidad y amiguismo, no tanto por capacidad y compromiso con la labor”.
“Tenía todo para ser camarista, obtuvo la mejor calificación pero no quedó seleccionada”, es una frase que aparece cuando las condiciones de formación académica superan a las de otros aspirantes al mismo cargo. Así es como Coccimiglio hace referencia a otra limitación: “La forma en la que se da el sistema de selección de magistrados y magistradas donde las relaciones políticas son una condición implícita y se configuran como “ámbitos que son de difícil acceso a las mujeres y a los cuales muchas veces ingresamos cuando todo está bastante cocinado”. Y en este sentido, su compañera de la departamental, Mariela Gómez, asegura que la forma en la que se eligen los cargos es un obstáculo concreto “no alcanza tener experiencia en el Fuero, en el tipo de oficina ni en el oficio. No tiene casi relevancia la formación académica. Lo que se necesita es una gran palanca política para ser considerada. Palanca que por supuesto se vuelve en un requisito indispensable para llegar aunque no esté escrito en ningún código. El poder lo siguen teniendo los varones”.
Naomi Judith Nieva va a la raíz del problema: “Para romper el techo de cristal no solo falta voluntad institucional sino también voluntad política por eso es necesario que las trabajadoras estemos ocupando un espacio de decisión en el Consejo de la Magistratura y es importante que los trabajadores ocupemos también espacios en el Poder Legislativo ya que es la pieza fundamental en el Consejo para tener un Poder Judicial más equitativo y democrático”.
En la publicación “Techo de cristal en la justicia argentina” de 2023, Johanna Cristallo realiza un análisis sobre los procesos de selección de jueces y juezas. En relación a la participación de mujeres en los concursos plantea la necesidad de detenernos en tres dimensiones: la falta de perspectiva de género de la normativa de los concursos, la conciliación entre vida familiar y profesional y la autoexigencia a la hora de presentarse.
Mariela Gómez agrega que existe un techo antes del techo de cristal: “Lo que hay que transitar antes de ser magistrada tiene un costo personal alto y requiere una red personal como requisito indispensable para poder contenernos”. Quizás esta sea una explicación para comprender por qué solo el 23% de las personas que se presentan a concursos son mujeres.
Claramente los procesos de selección no atienden a la desigualdad de condiciones y es necesario impulsar modificaciones que apunten a la construcción de un Poder Judicial con perspectiva de género de modo transversal.